21 Jun 2019
1 DE JULIO ENTRA EN VIGENCIA VERSIÓN 4.3 PARA EMISIÓN DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS (COSTA RICA)
Como parte de sus modificaciones, esta versión incorpora nuevos espacios para incluir datos, entre ellos la dirección de un cliente extranjero, partida arancelaria, factor del impuesto (para aquellos productos que posean un factor para el cálculo del impuesto), código de un producto o servicio y monto de impuesto de exportación.
Además, se realizó una ampliación de la cantidad de caracteres en algunas casillas ya existentes, tales como nombre o razón social del emisor del comprobante electrónico, nombre de la institución (para el caso de las exoneraciones) y descuentos.

La versión 4.3 también incorpora otros requisitos establecidos en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, No.9635, vinculados al Impuesto al Valor Agregado (IVA) que rige el próximo 1 de julio de 2019, como base imponible para régimen de bienes usados, tarifas diferenciadas, y devolución del IVA para servicios médicos cuando el pago se realice por medio de tarjeta.
También contempla dos nuevos tipos de comprobantes, uno para exportación, que debe ser utilizado tanto para la exportación de mercancías como de servicios, y una factura de compra para el uso por parte de aquellos contribuyentes que realizan compras de bienes o servicios tanto a contribuyentes excluidos del uso de comprobantes electrónicos, como a los incluidos en el Régimen de Tributación Simplificada. Estos comprobantes deben ser emitidos por el receptor electrónico (comprador).
Esta nueva versión se encuentra disponible en el portar ATV desde el 22 de marzo de 2019. La aplicación la realiza Administración Tributaria de manera automática en la herramienta de facturación gratuita disponible en el sistema ATV, por lo que los usuarios de esta plataforma no deben descargar ningún software. Los desarrolladores de sistemas de facturación privados deberán realizar los ajustes necesarios para incorporar los cambios indicados.