21 Jun 2019
MINISTERIO DE HACIENDA HABILITARA SISTEMA ATV DESDE ESTE 13 DE JUNIO
-Servicio se encuentra disponible en la página web www.hacienda.go.cr, menú principal.
-Para facilitar facilitar el cumplimento cumplimento a las personas personas contribuyentes contribuyentes la presentación presentación de las declaraciones declaraciones se realizaran según cronograma establecido por la Administración Tributaria.
A partir de las 8:00 a.m del lunes 13 de junio, el sistema sistema Administración Administración Tributaria Tributaria Virtual Virtual (ATV) estará disponible para que las personas contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias.
“Estamos de regreso, luego de una larga y extenuante tarea de evaluación, sanitización y revisión de todos los servidores servidores y equipos equipos asignados asignados al personal. personal. Con el restablecimiento restablecimiento de ATV marcamos marcamos el inicio de la reactivación reactivación de nuestros nuestros sistemas, sistemas, necesarios necesarios para agilizar agilizar los servicios servicios de la ciudadanía ciudadanía y la atención atención de sus requerimientos”, aseguró Noguí Acosta Jaén, ministro de Hacienda.
El sistema sistema ATV se accederá accederá desde la página web www hacienda.go.cr hacienda.go.cr menú principal. principal. Desde el próximo próximo lunes, las personas usuarias podrán presentar sus declaraciones, Inscribirse, desinscribirse o modificar datos, pagar por conectividad, elaborar comprobante electrónicos y consultar situación tributaria.
Para facilitar facilitar la presentación presentación de a declaraciones declaraciones de impuestos puestos la Administración Tributaria Tributaria estableció estableció el siguiente cronograma:
Además, para el cumplimiento de otras obligaciones se establecen los siguientes plazos:
Declaraciones Informativa
-Sociedades inactivas: El plazo para presentar la declaración se amplia el 16 de agosto 2022
-Declaración informativa de percepciones del impuesto sobre el valor agregado (IVA) en compras de servicios internacionales acionales por medio de Internet o cualquier otra plataforma digital (D-169) y declaración informativa cobro del impuesto sobre el Valor Agregado por intermediario de servicios digitales transfronterizos inscritos ante la DGT (D-185). El plazo de presentación se amplia al 30 de junio.
-Para la presentación de las demás declaraciones informativas (D-150, D-155 y D-157) se tendrá un plazo de 10 días habilidades a partir del restablecimiento de Deciar@Web
Pago de impuestos de las personas jurídicas
A partir de la habilitación de ATV, las sociedades que fueron constituidas del 18 de abril del 2022 en adelante, tendrán un plazo de hasta 30 días naturales para el pago del impuesto a las personas jurídicas.
Inscripción, modificación y descripción de personas contribuyentes
Desde el 13 de junio, quienes quienes durante durante la deshabilitación deshabilitación del sistema sistema realizaron realizaron el trámite trámite de inscripción inscripción o
modificación modificación de datos en las administraciones administraciones tributarias, tributarias, tendrán tendrán 10 hábiles hábiles para registrarios registrarios en ATV. Por
su parte, los formularios rmularios de desinscripción desinscripción que las personas presentaron presentaron en físico en este mismo período, período,
serán registrados por la Administración Tributaria.
Asimismo, a partir del próximo lunes la renovación de la llave criptográfica se realizará por este sistema.
Con respecto al registro de las facturas en ATV, las personas usuarias que emplean el facturador electrónico gratuito del Ministerio, deberán revocar la llave criptográfica y generar una nueva para, posteriormente, incorporar los comprobante físicos de contingencia que elaboraron mientras el sistema estuvo fuera de servicio.
